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	<title>Seguros Inmobiliarios</title>
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		<title>El seguro de alquiler de vivienda</title>
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		<pubDate>Fri, 10 Jun 2011 11:33:12 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Seguros de alquiler de viviendas]]></category>

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		<description><![CDATA[Se trata de un producto relativamente nuevo en el sector asegurador español, que viene a cubrir al propietario ante diferentes incidencias que se puedan producir en el transcurso de la vigencia de un contrato de arrendamiento de vivienda.
El seguro de alquiler (dependiendo del detalle de coberturas de cada compañía) suele contener el impago de las [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Se trata de un producto relativamente nuevo en el sector asegurador español, que viene a cubrir al propietario ante diferentes incidencias que se puedan producir en el transcurso de la vigencia de un contrato de <strong>arrendamiento de vivienda</strong>.</p>
<p>El <strong>seguro de alquiler</strong> (dependiendo del detalle de coberturas de cada compañía) suele contener el impago de las rentas establecidas (normalmente tiene una franquicia de una mensualidad y un máximo de 12 meses de cobertura). </p>
<p>También incluye la cobertura de daños producidos por actos vandálicos, así como la defensa jurídica (abogado, procurador y actuaciones notariales, hasta un máximo habitual de 3000€) ante cualquier problema que se pudiera producir en el arrendamiento, como el impago de las cuotas.</p>
<p>Simplemente hay que presentar a la compañía, entre otros, el contrato, el DNI de las partes, las nóminas del inquilino, etcétera.</p>
<p>Es muy recomendable, en función a su precio final, la contratación de un <a href="http://www.agenciadeseguros.com/contacto.php">seguro de este tipo si va a alquilar una vivienda</a>. En atención a la realidad del mercado del arrendamiento y con la finalidad de evitar al máximo los perjuicios que el incumplimiento de las obligaciones contraídas por parte del arrendatario puede ocasionarle al propietario del inmueble.</p>
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		<title>Continente y contenido en el seguro inmobiliario</title>
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		<pubDate>Mon, 11 Oct 2010 12:23:44 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>

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		<description><![CDATA[Por continente se entiende los elementos inherentes a la propia edificación, tales como suelos, techos, paredes, entre otras. 
El capital a asegurar del continente debe ser el valor correspondiente a la reconstrucción del edificio, por lo que no se tiene en cuenta el valor del suelo. 
Por su parte, el contenido comprende los elementos muebles [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Por <strong>continente</strong> se entiende los elementos inherentes a la propia edificación, tales como suelos, techos, paredes, entre otras. </p>
<p>El capital a asegurar del continente debe ser el valor correspondiente a la reconstrucción del edificio, por lo que no se tiene en cuenta el valor del suelo. </p>
<p>Por su parte, el <strong>contenido</strong> comprende los elementos muebles que se encuentran en el inmueble, como electrodomésticos y otros objetos, y que hayan sido asegurados de manera expresa. </p>
<p>Desde el punto de vista práctico se advierten problemas a la hora de delimitar la consideración de algunos elementos como uno u otro de los indicados capitales.</p>
<p>Cubren los daños causados en el inmueble en caso de incendio, explosión, implosión, caída de rayo, actos vandálicos, fenómenos atmosféricos (lluvia, viento, pedrisco y nieve), pérdidas de alquileres e inhabitabilidad de la vivienda, robo, expoliación o hurto, daños por el agua y rotura de cristales, entre otros. </p>
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		<title>Redes sociales y vacaciones</title>
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		<pubDate>Sat, 10 Jul 2010 09:47:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>

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		<description><![CDATA[Durante las próximas semanas, iniciarán sus vacaciones veraniegas millones de ciudadanos, lo que requiere conocer y aplicar una serie de medidas de seguridad mínimas que dificulten cualquier acción de robo en las viviendas u oficinas.
Inicialmente, conviene encargar la recogida de correo a un familiar o amigo, no dejar joyas ni objetos de valor, cerrar las [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Durante las próximas semanas, iniciarán sus vacaciones veraniegas millones de ciudadanos, lo que requiere conocer y aplicar una serie de medidas de seguridad mínimas que dificulten cualquier acción de robo en las viviendas u oficinas.</p>
<p>Inicialmente, conviene encargar la recogida de correo a un familiar o amigo, no dejar joyas ni objetos de valor, cerrar las puertas convenientemente o dejar programado el encendido de una luz en el interior del inmueble. Pero con el auge de las redes sociales, las autoridades policiales están recomendando evitar que se informe mediante las redes sociales de los destinos y fechas de los traslados vacacionales, lo que también conviene que consideren los menores del hogar.</p>
<p>De hecho, algunas compañías aseguradoras incluso están considerando incluir cláusulas de exención de responsabilidad en el último caso indicado, ya que <strong>esta información se está utilizando por los ladrones para advertir la conveniencia y momento de un robo</strong>.</p>
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		<title>Obligado aseguramiento de los edificios de viviendas en la Comunitat Valenciana</title>
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		<pubDate>Sat, 19 Jun 2010 21:50:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Seguros Comunidades]]></category>

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		<description><![CDATA[El Artículo 30 de la Ley Valenciana de la Vivienda de 2004 establece que es obligatorio que los edificios de viviendas estén asegurados contra el riesgo de incendios y por daños a terceros.
Indica que será la Comunidad de Propietarios la que tendrá que suscribir estos seguros para los elementos comunes de todo el inmueble. 
La [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El Artículo 30 de la <strong>Ley Valenciana de la Vivienda de 2004 </strong>establece que es obligatorio que los edificios de viviendas estén <strong>asegurados contra el riesgo de incendios y por daños a terceros</strong>.</p>
<p>Indica que será la <strong><a href="http://www.propiedadhorizontal.es">Comunidad de Propietarios </a></strong>la que tendrá que suscribir estos <strong><a href="http://www.agenciadeseguros.com">seguros</a></strong> para los elementos comunes de todo el inmueble. </p>
<p>La ley valenciana viene a intentar garantizar de esta manera el <strong>resarcimiento económico de los daños producidos a terceros desde la Comunidad de Propietarios o la producción de incendios en el mismo</strong>, con sus efectos patrimoniales ampliamente perjudiciales.</p>
<p>No obstante, el referido texto legal no establece mecanismos de control ni sancionadores en relación al efectivo cumplimiento de esta norma, lo que viene a desnaturalizar en cierto modo esta normativa.</p>
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		<title>Los daños por agua en la póliza de seguro de las comunidades de propietarios</title>
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		<pubDate>Mon, 14 Jun 2010 18:25:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Seguros Comunidades]]></category>

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		<description><![CDATA[
Esta garantía aseguradora tiene por objeto la reparación o indemnización de los daños por agua que se produzcan en los bienes asegurados por derrames accidentales, procedentes de instalaciones o conducciones fijas y debidos generalmente a reventones, roturas, desbordamientos y/o atascos (en este último caso suelen excluirse habitualmente los gastos derivados del propio desatasco).
La póliza puede [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div>
<p>Esta garantía aseguradora tiene por objeto la reparación o indemnización de los <strong>daños por agua</strong> que se produzcan en los bienes asegurados por derrames accidentales, procedentes de instalaciones o conducciones fijas y debidos generalmente a reventones, roturas, desbordamientos y/o atascos (en este último caso suelen excluirse habitualmente los gastos derivados del propio desatasco).</p>
<p>La <a href="http://www.agenciadeseguros.com/contacto.php">póliza</a> puede contemplar dentro de esta garantía, así mismo, los daños producidos por aparatos electrodomésticos, filtraciones, omisión del cierre de válvulas, grifos y llaves de paso, entre otros.</p>
<p>Los <strong>daños por agua </strong>se pueden contratar bajo la <strong>MODALIDAD DE COBERTURA PARCIAL</strong> (se considerarán incluidos los daños producidos por instalaciones <strong>comunitarias</strong> o conducciones generales), o bajo la <strong>MODALIDAD DE COBERTURA TOTAL</strong>, en cuyo caso, se incluirán tanto los producidos desde instalaciones comunitarias, como <strong>privativas</strong> (estas últimas son las que sirven a una sola vivienda o local y están situadas dentro de sus límites y espacios privativos).</p>
<p>Dado que se trata de una <strong>garantía optativa</strong>, conviene asegurarse de que los daños por agua se recogen de manera expresa en la póliza y en qué términos. Pero también habrá que atender -para conocer con mayor rigor su extensión- las particularidades determinadas por las <em><strong>Condiciones Generales de la Contratación</strong></em>.</p>
<p>Así, procede advertir -entre otros asuntos importantes-, si se incluye la localización y reparación de la avería, si se establecen franquicias, etcétera.</p>
</div>
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