El seguro de alquiler de vivienda
Se trata de un producto relativamente nuevo en el sector asegurador español, que viene a cubrir al propietario ante diferentes incidencias que se puedan producir en el transcurso de la vigencia de un contrato de arrendamiento de vivienda.
El seguro de alquiler (dependiendo del detalle de coberturas de cada compañía) suele contener el impago de las rentas establecidas (normalmente tiene una franquicia de una mensualidad y un máximo de 12 meses de cobertura).
También incluye la cobertura de daños producidos por actos vandálicos, así como la defensa jurídica (abogado, procurador y actuaciones notariales, hasta un máximo habitual de 3000€) ante cualquier problema que se pudiera producir en el arrendamiento, como el impago de las cuotas.
Simplemente hay que presentar a la compañía, entre otros, el contrato, el DNI de las partes, las nóminas del inquilino, etcétera.
Es muy recomendable, en función a su precio final, la contratación de un seguro de este tipo si va a alquilar una vivienda. En atención a la realidad del mercado del arrendamiento y con la finalidad de evitar al máximo los perjuicios que el incumplimiento de las obligaciones contraídas por parte del arrendatario puede ocasionarle al propietario del inmueble.



